Como colegiarse en Madrid

NUEVA FORMA DE COLEGIARSE!!

El sistema para Colegiarse en el Colegio de Abogados de Madrid, ha sufrido cambios desde que se publicó esta entrada. Aquí teneis como se hace ahora:

Entra en la web del ICAM, ( www.icam.es) y pincha el enlace que hay a la derecha de la pantalla que pone “El Colegio” , allí verás otro enlace que pone “Como colegiarme” , y dentro otro en el que pone de nuevo “Como colegiarme” pinchaló y elige el tipo de colegiación:

Tipo de Incorporación:

 -

 -
 
 
Primera Incorporación:

 

Indica el país donde has obtenido el título de Licenciado en Derecho:

Tu nacionalidad es:

-
 

¿Cómo tienes previsto ejercer?:

 ”

 

 

1. OBTENER LA DOCUMENTACIÓN NECESARIA

Relación de los documentos necesarios para realizar la colegiación:

- Ministerio de Justicia

2. ABONO DE LA CUOTA DE INCORPORACIÓN

El abono de este importe se puede hacer mediante:

A.- INGRESO O TRANSFERENCIA EN UNA DE LAS CUENTAS DEL COLEGIO

  • Podrás ver las cuentas pulsando en el botón “Impresión Requisitos” o bien durante el proceso de Colegiación.
  • CAJA DE ABOGADOS-Grupo MULTICAJA te ofrece FINANCIACIÓN A TIPO DE INTERÉS 0% del importe a abonar mediante un Préstamo Personal sin gastos ni comisiones. Si estás interesado, pulsa aquí.

B.- TARJETA DE CRÉDITO:

  • Por internet, si cumplimentas y presentas la Solicitud de Colegiación firmada electrónicamente en la web del Colegio.
  • En la Secretaría del Colegio, al entregar la documentación requerida.

Cuotas colegiales

El Colegio cargará al inicio del siguiente mes a la fecha de incorporación la parte proporcional del importe de la cuota colegial en curso, desde la fecha de incorporación hasta el final de trimestre.
Las cuotas sucesivas se cargarán por trimestres naturales al inicio de cada periodo.
 
 
        
     
         
  
       
    

3. PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA EN LA SECRETARÍA DEL COLEGIO

 - En mano, en la Secretaría del Colegio: c/ Serrano 11, de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 (Tel.- 91 788 93 80).
- Por correo certificado dirigido a:

ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE MADRID
Secretaría
c/ Serrano 11
28001 Madrid

 
 
Para los datos como NO EJERCIENTE, el proceso es el mismo y te aparecerá todos los requisitos necesarios en la web, también se puede imprimir desde la propia web del ICAM todos los documentos que sean necesarios.

 

A COLEGIARSE!!

El proceso de colegiación para mí ha sido toda una experiencia, en cuanto terminé me explicaron que debía colegiarme rápidamente, pues van a poner un examen para todos aquellos que deseen colegiarse en un futuro. Según me explicaron cuando pregunté en mi facultad tenía tiempo hasta el 2011 (de todas formas preguntar en la Secretaría de vuestra facultad) yo ya he realizado todos los trámites.

Para algunas personas el proceso es algo complicado, como ha sido mi caso pues aparte de ser un poco/bastante caro, hemos tenido que solicitar los certificados de nacimiento en otras ciudades diferentes a Madrid.

Os cuento el proceso de colegiación en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, la Web del Colegio te da los requisitos necesarios para poder colegiarte (www.icam.es) pero aquí te doy los pasos que yo he seguido para hacerlo más cómodo y rápido.

Si entras en la Web del Colegio, hay un acceso que pone EL COLEGIO y una vez allí entras en COMO COLEGIARME en PRIMERA INCORPORACIÓN DE LICENCIADOS EN DERECHO ESPAÑOLES (si este no es tu caso, tienes otras entradas en el sitio), ahí te vienen los documentos necesarios para colegiarte.

Lo primero de todo, no olvides pedir en la Secretaría de tu facultad un documento acreditativo de la finalización de la Licenciatura en Derecho, puede ser el Título original si lo tienes, o un Certificado de Estudios o el Pago del Título Original. (Cualquiera de ellos puede ser fotocopia legalizada por Notario).

Antes de colegiarte necesitas tener claro si quieres colegiarte como Ejerciente o como No Ejerciente. En el caso de No Ejerciente, es un poco más caro, y en el caso de Ejerciente tienes que elegir si es por cuenta propia o ajena.

Cuando es por cuenta ajena, tan sólo necesitas el certificado de empresa donde se acredite la dedicación exclusiva. Pero el problema lo encontramos cuando decidimos que queremos colegiarnos por cuenta propia y no tenemos despacho porque aun estamos buscando trabajo, nos obligan a hacernos autónomos. Pues bien, el problema parece más grave de lo que realmente es, tan sólo hay que acudir a una Delegación de Hacienda  (hay una en la Calle Montalban 6 en Madrid) donde se encuentra muy cerca el Colegio de Abogados y te explican todo con detalle, pues somos muchos los que hemos pasado por allí sin tener ni idea de porque nos obligaban a hacernos autónomos.

Una vez en la Delegación de Hacienda, compramos el Modelo 037, que cuesta 1Euro y fotocopiamos nuestro DNI (se puede fotocopiar allí, si no lo llevamos), sacamos el turno en CENSO y con el modelo completo se lo entregamos a la persona que nos atienda, en mi caso me explicaron muy amablemente las dudas que tuve al cumplimentarlo.

Después, otro lugar al que hay que ir es al Consejo General de la Abogacía Española, se encuentra en el Paseo de Recoletos 13, y allí solicitamos el Certificado de Nueva Incorporación que tiene un precio de 290 Euros, se puede pagar con tarjeta en el mismo sitio, pero si es en efectivo, en el edificio de al lado se encuentra Caixa Catalunya, y luego sólo tienes que volver al Cosejo General para rellenar la documentación y que te den el certificado. En mi caso también me regalaron un maletín con varios códigos  y otras cosillas.

Otro certificado necesario, es el de Antecedentes Penales, que debes recogerlo en el Ministerio de Justicia, Plaza Jacinto Benavente,3 (Metro Sol, y subes por Calle Carretas). Entras y pides el formulario, que luego deberas pagar en un banco o caja de los que te pone en la hoja que te dan, cuesta 3, 47 Euros y es el Modelo 790, una vez pagado vuelves al Ministerio de Justicia y te dan tu Certificado de Antecedentes Penales.

Necesitas un Certificado de Nacimiento Original, esto lo has de solicitar en el Registro Civil que te corresponda, en mi caso no tuvo ningún coste.

Necesitas también la firma de 2 ABOGADOS COLEGIADOS EN MADRID!! es el Modelo 2 de los Documentos que te entregan en el Colegio, la Declaración Jurada de no haber sido procesado.

Con todos los documentos cumplimentados que te entegan en el Colegio de Abogados, y todos los Certificados que has recogido, más la declaración censal de Hacienda, vas a la CAJA DE ABOGADOS, situada en Calle Recoletos 21 ( muy cerca del Colegio de Abogados) y pagas con TALÓN o en EFECTIVO la cuota única de incorporación 915,20 Euros más la cuota del trimestre natural en curso como ejerciente 39, 84 Euros ( No Ejerciente 49, 59 Euros).

También debes llevar una fotografía tamaño carnet y una fotocopia del DNI, y cumplimentar la solicitud de alta en el Servicio Médico gratis el primer año.

A la semana de haber abonado los pagos de incorporación, deberás pasar por la Secretaría del Colegio (Calle Serrano 11) donde efectuarás la firma en el libro de incorporaciones, y se te entregará el CARNET DE COLEGIADO con Firma Electrónica ( necesario poner correo electrónico).

Cada Trimestre no debes olvidar presentar en Hacienda el Modelo 303, pues te has inscrito como autónomo y hay que presentarlo aunque no tengas ingresos, también lo puedes realizar por internet si tienes firma electrónica.

Espero que esto os sirva de ayuda y así no tengais que dar muchas vueltas por la ciudad para poder realizar todo el proceso.

Un saludo a todos!!

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~ por Blanca en 6 octubre 2009.

41 comentarios to “Como colegiarse en Madrid”

  1. Me gusta tu estilo, claridad y muy práctico.

    un saludo

  2. Gracias por la información, maja :) Estaba buscando cómo iba el tema del certificado de nueva incorporación, porque lo del certificado de penales ya lo he encontrado en la web del Ministerio de Justicia y me he descargado el modelo 790 y ya lo llevaré pagado cuando vaya, y así ahorro tiempo :) Está bien saber que los 290 euros puedo pagarlos con tarjeta en el momento, porque lo de pasearme por ahí con esa cantidad de dinero en el bolsillo no me gustaba nada!

    Yo pensaba que tardarían más tiempo en darme los certificados! así que si me los dan en el momento, mejor que mejor :)

  3. Hola! Soy la del mensaje anterior (del 3 de dicidmbre) y tengo una duda! Leo aquí que tú descargaste de internet los documentos para colegiarte. Yo fui a por ellos al ICAM, y en el sobre que me dieron, hay uno que no aparece en la web. Es una hoja con 3 copias (ya sabes, de ésas que escribes en una y se calca en las demás) en la que pone “autoliquidación pago incorporaciones” y hay que poner tus datos y marcar los conceptos por los que pagas: cuota de incorporación, cuota trimestral, servicio médico con beneficiarios o sin ellos,… Si ese papel no está en internet, ¿lo rellenaste en la Caja de Abogados cuando llevaste los demás documentos? :-S Es que en el listado de documentos que hay que entregar tampoco aparece y no sé qué hacer con él!

    Y darse de alta en el servicio médico no es obligatorio, no? :-S es que yo me colegio como no ejerciente y paso de pagar 170 euros trimestrales..

    Bueno, muchas gracias por adelantado! :)

    • Hola! efectivamente, en el sobre que te dan en el Icam, hay un documento que no te puedes descargar por internet, yo me descargué todos, y luego fui al Icam a por el sobre porque tenía dudas sobre como colegiarme como ejerciente. No se como será al colegiarte como no ejerciente, pero yo al final lo hice con el sobre del Icam y entregué todas las copias del sobre, creo recordar, asique puesto que tienes el sobre, tu rellena todas ,que luego en la Caja de Abogados cuando vas a pagar ya te explican si tienes alguna duda.
      Lo del servicio médico, en mi caso el primer año es gratuito,y supongo qeu para tí también, así que sí lo tengo. Yo además tengo otra compañía a parte de la del Colegio, pero al ser gratuíto no me importó rellenarlo.

      Siento no servirte de mucha ayuda, pero ya hace algún tiempo que me he colegiado y no lo recuerdo muy bien.

      Un saludo!

  4. No, el servicio médico sólo es gratuito el primer año para los ejercientes ;) pues nada, muchas gracias! ^^

  5. Blanca, tengo una duda: aparte de los todos los documentos que has mencionado te diste de alta en la mutualidad de la abogacia o te basto con presentar el modelo 037? Otra cosa, si te colegias como ejerciente y estas de autonomo, tienes que pagar algo a hacienda aunque no estes trabajando realmente?

    • Hola! creo recordar que solo hubo que presentar el modelo 037, pero ya no recuerdo muy bien, y me dí de alta como autonomo, pero no tengo que pagar nada si no tengo ingresos, aunque cada tres meses tengo que presentar el modelo 303 en el que marcas que no tienes ingresos.

      Espero que esto te sirva de ayuda, para cualquier duda, no dudes en preguntarme.

      Un saludo y Felices Fiestas!!

  6. Gracias Blanca, Felices Fiestas igualmente! Por cierto, te costo mucho conseguir la firma de los dos abogados colegiados en Madrid? Lo malo es que yo solo conozco a uno que dice que me firma el modelo 2 encantado pero me faltaria la segunda firma.

    Un saludo

    • Hola!! Felices fiestas a ti también!! la firma de los abogados no me costó mucho porque tenía dos amigos me firmaron!! pero no creo que tengas problema si se lo pides a alguien que conozcas…. también se de alguno que se pasó por Plaza Castilla y se lo pidió al primero que pasó por allí!! jeje… de todas formas, si tienes pensado hacer prácticas o algo en algún despacho o ya estás en uno, pideseló al alguien de allí, no creo que te ponga ningun problema.

      Un saludo!!

  7. Hola Blanca, me encanta tu blog, la verdad ayuda bastante para los que estamos empezando. Tenía una duda aunque no sé si podrás respondérmela. El tema es que yo acabé la carrera de Derecho pero
    sigo estudiando y quería colegiarme para evitar en su día el futuro examen que quieren poner. ¿Sabes si una vez que te has dado de alta, si luego te das de baja por X circunstancias, si te reincorporas debes pagar de nuevo las tasas de ingreso?

    Muchas gracias y un saludo.

  8. Ah! y por cierto son 915,20 € la inscripción? En el papel creo recordar que ponía 300 € o estoy equivocado?

    • Hola!! me alegra mucho que te guste el blog!!
      Te cuento, la cuota de inscripción son unos 290 Euros que se pagan al Consejo General de la Abogacía Española, se paga en la Caixa Catalunya que es un edificio que está en la puerta de al lado. Los 915 Euros son de la colegiación y se pagan en la Caja de Abogados, que se encuentra en Calle Recoletos 21, muy cerca del Colegio de Abogados. No te olvides que para colegiarte como ejerciente te tienes que inscribir como Autónomo, sino creo que no hace falta pero los los pagos trimestrales son un poco mas caros creo recordar.

      Si lo que deseas es evitar el examen no dudes en colegiarte cuanto antes, además si algún día deseas acceder al Turno de Oficio, ya va pasando mientras el plazo de 3 años (creo que es) para que puedas acceder, pero para esto, si te interesa mira si es necesario que estés colegiado como ejerciente.

      Si posteriormente te das de baja, la verdad es que no se que ocurriría, preguntaló en el ICAM porque yo no conozco a nadie que lo haya hecho y no te puedo informar.

      Muchas gracias,

      Un saludo!!!!!! y un abrazo grande!!!!

  9. ¿es imprescindible la declaración jurada de no estar o no haber sido procesado por delito alguno con la firma de dos abogados?

    Este requisito no se recoge en los estatutos del colegio y tampoco en el estatuto general de la abogacia (rd658/2001) ¿te pueden denegar la colegiacion si no lo presentas?

  10. ¿es imprescindible la declaracion de no estar procesado con la firma de dos colegiados?

    En los estatutos del colegio y ni en los de abogacia aparece este requisito. ¿Es legal que te deniegen la colegiacioón por no hacerla?

    • Hola!! te cuento, cuando miras los documentos que tienes que rellenar, uno de los requisitos que te exigen es la declaración de antecedentes penales, no se si no te dejarían colegiarte si los tienes, pero debes sacar tus antecedentes y presentarlos.
      Lo de la firma de los dos abogados colegiados en Madrid, también es otro de los requisitos que se te exige para colegiarte, pues es otro de los documentos que debes entregar, y te digo lo mismo, no se que ocurriría si no lo presentas, pero es uno de los documentos que hay que entregar.

      Lo de que no viene en los Estatutos, no lo se en realidad, pues yo saqué todo lo que me pedían sin ningún problema, pues tenía facilidad para encontrar las dos firmas y no tenía antecedentes.

      Espero que esto te sirva, si te enteras de algo más relacionado con el tema, te rogaría que me lo comunicases para publicarlo, pues hay gente con las mismas dudas.

      Un abrazo!!

  11. Hola Blanca, el certificado los antecedentes penales es un requisito que si viene recogido tanto en los estaturos del colegio de madrid como en los estatutos de la abogacia. Pero, una cosa es no haber sino procesado y otra haber sido condenado. ¿como pueden denegar la colegiación a alguien que ha sido procesado y después absuelto. en cualquier caso mi problema es el de conseguir la firma de dos abogados.
    Respecto a lo que dice el estatuto de abogacia es muy claro, no se puede denegar la colegiacion a aquellos que cumplan los requisitos que en el mismo se establecen y entre ellos no se encuentra la declaracion y la firma de los dos abogados.

    Un saludo

    • Hola!! no se si pueden denegar la colegiación a alguien que ha sido procesado y después absuelto, en todo caso, supongo que es un mero trámite para saber como anda una persona antes de colegiarse.

      En cuanto a lo de las dos firmas, aunque no venga en los en lo Estatutos de la Abogacía, supongo que se trata de un requisito que te pide el ICAM, si es donde te quieres colegiar. Por lo que me cuentras es un requisito impuesto por el colegio directamente. Como en mi caso no hubo problema, no te puedo asegurar que te puedas colegiar sin las dos firmas, de todas formas llama al Icam y que te lo expliquen, que ellos seguro que lo sabrán mejor que yo, porque imagino que hay más casos como el tuyo.

      Cuando te informes, si no te es problema, comunicamé lo que te han explicado, para saberlo por si alguien más pregunta, pues me parece un tema interesante el que me planteas.

      Un abrazo y muchas gracias!!

  12. Se puede elegir entre darse de alta en autónomos o en el Plan Universal de la Mutua para los ejercientes, es que he leído más arriba que te obligan a los autónomos.

    • Hola!! Cuando te colegias como ejerciente, te tienes que dar de alta como autónomo, y la mutua, es un seguro médico que el primer año es gratuito.

      Espero que esto te sirva.

      Un abrazo grande!!

      • Hola Blanca
        Gracias por la respuesta, pero es que no me aclaro porque la web de la mutualidad de la abogacia dice esto:
        Conclusión

        Si vas a ejercer por cuenta propia, a tiempo total o parcial, tienes que elegir entre Mutualidad o Régimen de Autónomos.
        Si tienes previsto ejercer por cuenta ajena, exclusivamente, o colegiarte como no ejerciente, la Mutualidad de la Abogacía es un voluntario y óptimo sistema de previsión.

      • De nada, es un placer!!
        De todas formas, en el colegio te explican todo lo que necesitas, pero como ya te comenté, si no lo han cambiado, te registras como autónomo, que no hay ningún problema, porque aunque no tengas ingresos porque estás de prácticas o buscando trabajo, simplemente haces la declaración cada 3 meses de que no tienes ingresos y ya está… en la delegación de hacienda te lo explican sin problemas porque están muy acostumbrados a ver a los futuros abogados en esa situación. Y en cuanto a la mutua, amí me explicaron que es un seguro médico, el primer año gratuíto, y luego creo recordar que tiene una cuota muy baja.

        Un abrazo!!

  13. Hola a tod@s:
    Primero que nada, deciros que este blog, me parece estupendo. Yo desde hace un mes estoy colegiada en el colegio de abogados en Valencia. Pero mi duda surge, con el tema de autonomos (seguridad social) y la mutua de abogacía. Si eres de la mutua, no hace falta que seas autonomo ¿verdad? y si eres de la mutua ¿Que modelos has de rellenar para hacienda? ¿A que régimen te acoges?.Muchas gracias y enhorabuena por el blog, ya que aclara muchas dudas.
    un saludo

    • Hola!! me alegra mucho que te guste este blog, es un placer recibir comentarios así.
      Te cuento, en el Colegio de Madrid que es donde estoy yo estoy colegiada, te dan dos opiones cuando te colegias:
      -Colegiarte como no ejerciente: esta no se como va porque no es mi caso.

      -Colegiarte como ejericiente: Aquí hay dos opciones:
      -Si trabajas para un despacho, ellos te dan los datos que necesitas y te dan de alta en la seguridad social, supongo, a no ser que estés en prácticas, por lo que muchas veces ni estas dado de alta, ni te pagan.

      -Cuando no trabajas para ningún despacho y vas a ejercer por tu cuenta, estás buscando trabajo o prácticas… en este caso, amí me obligaron a inscribirme como autónomo, es un mero trámite, en el que si no tienes ingresos aún, simplemente declaras cada trimestre que no tienes ingresos y ya está, rellenas los modelos que te explican en la web de hacienda o preguntas en la delegación directamente. (Yo en enero presenté el modelo 303 que es en el que dices que no tienes ingresos, y el 390 porque no tenía nada que declarar de iva…)
      En cuanto a la mutua, en mi caso es un simple seguro médico como puede ser el que tenga Adeslas, Sanitas…. sólo que en Madrid por lo menos, el primer año es gratis para los recien colegiados.

      Espero que esto te sirva, yo te cuento como lo hice yo para colegiarme en Madrid, no se si otros Colegios de Abogados exigen otro tipo de condiciones.

      Un abrazo muy grande!!

  14. Necesito los modelos a cumplimetar para colegiarme en el Colegio de abogados de Madrid, instancias, etec

    • Hola! Para encontrar los formularios solo tienes que ir a la secretaria del Colegio de Abogados de Madrid y te entregan todo lo necesario, también te explican todo lo que necesites. De todas formas, si entras en la web del ICAM puedes descargarte algunos formularios.
      Un saludo!

  15. IMPORTANTE: todo eso ha cambiado desde septiembre de 2010. Ahor entras en la pagina del colegio, esa q tu dices y rellenas el formulario. Lo imprimes y lo firmas en todas sus hojas, y lo llevas al colegio con el certificado de nacimiento, el certificado de empresa y el de penales, con la foto, y el jstificante de pago. en unos dias te llega a tu casa el carnet o bien lo recoges en el colegio (ahi puedes incluirle firma electronica) es mas facil y mas rapido, no necesitas q te firme nadie ni nada, simplemente rellena el impreso imprimelo y firmalo en todas sus hojas y llevalo con lo que he dicho y estas dentro. un saludo.

    • Hola!! muchas gracias por tu aportación, tengo que cambiar esa parte porque efectivamente como tu comentas esa parte ha cambiado desde que lo hice yo.
      En breve pondré los cambios!!

      Un saludo y aquí me tienes para lo que te pueda ayudar aunque no sea mucho!

  16. Holaaa!!!q bien m ha venido ste foro xa nterarme un poco d como van ls tramites para colegiarte…la verdad sty un pco desinformada y sto m ha resuelto muxas dudas, xo…una cosita, por o q veo tods ls trimestres hay q pagar una cuota, t coelgies como ejerciente o no…eso s d x vida??si es asi m parece un pco caro x qsi yo m colegio cmo no ejerciente, simplemente xq lo kiero tner xa qno m piye el exám xq ste es el ultimo año..tngo q pagar = una cuota??si alguien puede ayudarme lo agradeceria…UN SALUDO!!GRACIASSSSS!!

    • Hola, alegra que te guste el foro, la verdad esque con este tema todos andamos un pelin perdidos. Te cuento, tu te puedes colegiar como ejerciente o no, pero la cuota la tienes que pagar cada trimestre por pertenecer al colegio, y supongo que te podrás dar de baja del colegio cuando lo desees, pero no olvides que para poder ejercer debes estar colegiada. De todas formas para cualquier duda no dudes en preguntar directamente al ICAM, si vives en Madrid, y sino, al Colegio de la Comunidad en la que vivas.

      Un saludo!!

  17. Para acudir a la citación de la papeleta de conciliación se necesita procurador?. Gracias

  18. Hola!!hace mucho q vi tu foro y m encantó. Despues d mucho mirar estoy casi decida a colegiarme xa q no m piye el exam ahora q x fin he acabado la carrera. Pero tngo algunas dudillas…abr si m peudes ayudar…
    ¿q diferencia hay entre colegiarse como ejerciente o no ejerciente?¿si m colegio cmo no ejerciente, xq ahora no tengo trabajo, puedo ejercer cuando quiera?¿l exam q se va a tner q hcer cm es?
    muxisimas graciass!!!

    • Hola!! ante todo, pedirte perdón por tardar tanto en contestarte, pues he estado de viaje y me ha sido imposible. Me alegra mucho que te guste el foro y que te preste toda la ayuda que necesites.
      En cuanto a tu pregunta, la diferencia entre colegiarte como ejerciente o no ejerciente, es algo así como que si te colegias como ejerciente puedes ejercer en juzgados y tribunales, y si es como no ejerciente, es que te quieres colegiar pero no piensas ejercer la profesión. Cuando uno se colegia como no ejerciente, a la hora de buscar trabajo, los despachos y empresas, entienden que tu idea no es ejercer, sino realizar trámites administrativos (más o menos), por lo que si te colegias como no ejerciente, cuando quieras ejercer, deberás cambiar tu colegiación. No pasa nada por estar colegiado como ejerciente y no tener trabajo, ese ha sido mi caso durante bastante tiempo, tan sólo te obligan a declarar cada 3 meses en hacienda que no tienes ingresos, pero vamos que no pasa nada por hacerlo.

      Respecto al examen creo que se realizará en octubre de este año, pero no te puedo decir como es. Mi recomendación es que si quieres ejercer en algún momento, te colegies como ejerciente, pues no pasa nada si no tienes trabajo, y los despachos y las empresas lo valoran a la hora de ver el curriculum. Y si te sale algún amigo con problemas…… como suele ocurrir cuando uno termina la carrera, podrás ejercer para ayudarle.

      Un saludo!!

  19. ¿si me colegio como no ejerciente es posible volver a ejerciente cuando quiera? Después de la nueva ley también?

    Es que ahora no quiero ejercer pero no quiero hacer el examen tampoco si decidirè de ejercer…

    Muchas gracias y enhorabuena por el blog, ya que me gusta muchissimo!
    un saludo

    • Hola!! me alegra mucho saber que te gusta el blog.
      Te cuento, cuando te colegias, supongo que si lo haces como no ejerciente, si luego quieres cambiarlo a ejerciente, supongo que tan solo tendrás que decirlo en el colegio y te cambian la colegiación y la cuota que tienes que pagar. Pero no te puedo decir si luego tendras que hacer el examen, por que aun no está muy claro como va la cosa.

      Un saludo!!

  20. Hola blanca, he leido tu post y me ha surgido una duda respecto al requisito de los antecedentes penales. El caso es que yo fui condenado por sentencia firme por un delito de lesiones y al ser la primera vez solo tuve que pagar la resp penal y civil quedandome dos años de antecedentes penales, éstos me caducan en marzo de 2012, y mi duda es si el estar en esta situación condiciona negativamente poder colegiarme en madrid, en mi caso sería condicion esencial para poder colegiarme como abogado no ejerciente o puedo hacer algo? si puedes contestarme porfavor me sería de gran ayuda ya que estoy muy preocupado y con el cambio de ley para octubre de este año me es fundamental poder colegiarme. Muchas gracias por tu atención, espero tu contestación! un saludo joaquin

    • Hola!! siento tardar en contestarte, pero no he estado en Madrid y no he tenido acceso a Internet. Respecto a tus dudas, a mí me obligaron a sacar los antecedentes penales, pero no me dijeron en ningún momento que tenerlos condicionara mi situación para la colegiación, pero aun así no estoy segura de si te podría ocasionar algún problema el tenerlos, de todas formas llama al colegio y te lo explicarán, lo que si te recomiendo es que si puedes te colegies lo antes posible para no tener que hacer el examen.

      Te envío los datos del ICAM para que puedas preguntar si te vas a colegiar en Madrid, sino mira en la web del Colegio al que te quieres unir.

      Ilustre Colegio de Abogados de Madrid

      C/ Serrano, 9 y 11

      28001-Madrid

      Teléfono: 91 788 93 80

      Teléfono: 91 435 78 10

      Fax: 91 576 29 91

      E-mail: icam@icam.es

      http://www.icam.es

      Un saludo y espero que te haya sido de alguna ayuda.

  21. Hola! el blog es relamente perfecto! felicitates!
    Sy italiana y tengo que colegiarme como ejercente por cuenta ajena en Madrid y me preguntaba si hay despachos de abogados que pueden afiliarme y se hay asociaciones que pueden ajudarme.
    Un saludo…y gracias!

    • Hola!! siento tardar tanto en contestarte, pero esque he estado de viaje y me ha sido imposible tener acceso a internet. Respecto a tu pregunta, creo que lo mejor es que llames directamente al Colegio de Abogados de Madrid, y allí te informarán de todo, porque yo no tengo acceso a esa información, más abajo te envío los téléfonos a los que puedes llamar y la web del ICAM. Me alegra muchisimo que te guste mi blog.

      Ilustre Colegio de Abogados de Madrid

      C/ Serrano, 9 y 11

      28001-Madrid

      Teléfono: 91 788 93 80

      Teléfono: 91 435 78 10

      Fax: 91 576 29 91

      E-mail: icam@icam.es

      WEB: http://www.icam.es

      Un afectuoso saludo!!

  22. Hola Blanca, me encanta tu blog, es genial!
    Soy licenciada en derecho desde el mes de junio y quiero colegiarme antes que entre en vigor la ley de acceso de 2006. Quiero colegiarme como no ejerciente porque sigo estudiando el año próximo. Pero, quiero ejercer como abogada dentro de varios años. Asi, sabes si puedo pasar de no ejerciente a ejerciente sin pasar el examen previsto por la ley?
    Muchas gracias por tu respuesta

  23. Mi enhorabuena a la persona que ha tenido la iniciativa de escribir para Principiantes. Gracias por tus indicaciones tan provechosas!
    Estoy pensando en inscribirme al Colegio, para evitar tener que hacer el exámen de acceso. Me gustaría conocer tu recomendación para inscribirme como “ejerciente” o “no ejerciente”. Un saludo.

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